El impuesto de plusvalía de los Ayuntamientos es inconstitucional
El Tribunal Constitucional tumba el tributo y abre la puerta a una cascada de reclamaciones
Como, a pesar de los avisos, ni el Gobierno ni los Ayuntamientos han hecho nada para resolver la situación de las plusvalías, este martes el Tribunal Constitucional era mucho más contundente, al declarar inconstitucional, y derogar de facto, toda la reglamentación del polémico impuesto en la Ley de Haciendas Locales. Así lo avanzaba el Alto Tribunal en un avance de sentencia que se conocerá en los próximos días, y que va a suponer una cascada de reclamaciones en todos los Ayuntamientos de España.
Y es que el Tribunal es claro: no se puede gravar basándose en tablas, porque no hay forma de saber si se ha producido una plusvalía o una minusvalía del bien. De tal forma, el Constitucional abre la puerta a la anulación de facto de todos aquellos procesos que no han adquirido firmeza, es decir, los tributos pagados en los cuatro últimos años, y todos los que están pendientes de resolución judicial.
"La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ricardo Enríquez, considera que son inconstitucionales y nulos los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales (RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), porque establece un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento. El fallo declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de la aprobación de la sentencia. La sentencia cuenta con el voto particular concurrente del Presidente Juan José González Rivas y los votos discrepantes del magistrado Cándido Conde-Pumpido y de la magistrada María Luisa Balaguer", explica el Tribunal.
Fuente: eltelescopiodigital.com